Restar el IVA que pagaste al IVA que cobraste.
El acreditamiento de IVA es el mecanismo que permite restar el IVA pagado en compras y gastos (IVA acreditable) del IVA cobrado a los clientes (IVA trasladado). El resultado es el impuesto que se entera al SAT o, en su caso, un saldo a favor.
Para acreditar, el gasto debe ser estrictamente indispensable para la actividad, estar amparado con un CFDI y cumplir requisitos como el pago por medios bancarizados cuando el monto lo exige. El IVA de inversiones y gastos se acredita conforme a las reglas aplicables, y existen supuestos con acreditamiento parcial.
No es acreditable el IVA de gastos sin relación con la actividad, el de compras sin comprobante válido ni el que corresponde a actividades exentas. Un control correcto de trasladado, acreditable y retenido evita diferencias y saldos a cargo imprevistos.