Si obtienes ingresos a través de aplicaciones de transporte, entrega, hospedaje o venta de bienes y servicios (marketplaces), esos ingresos están sujetos a impuestos en México. En términos generales, la plataforma tecnológica que te paga puede estar obligada a retenerte una parte por concepto de ISR e IVA y a enterarla al SAT en tu nombre. Esta guía explica de forma neutral cómo funciona el esquema, sin prometer resultados y sin sustituir la asesoría de un profesional.
El punto de partida es verificar tu situación en el portal oficial del SAT, ya que las tasas, montos y facilidades vigentes pueden cambiar cada año. No tomes las cifras de blogs o de la propia app como definitivas: confírmalas en las fuentes oficiales listadas al final.
Una plataforma tecnológica es la aplicación o sitio que conecta a quien ofrece un bien o servicio con quien lo consume, procesando el cobro. Cuando recibes pagos por su intermediación, generas ingresos gravados. El régimen aplicable a las personas físicas con ingresos por plataformas tecnológicas está regulado en la Ley del ISR (por ejemplo, en los artículos referentes a este tipo de ingresos) y las obligaciones en materia de IVA para servicios digitales e intermediación se ubican en la Ley del IVA. Debido a que el texto vigente puede actualizarse, aquí no reproducimos porcentajes específicos: consúltalos en las leyes publicadas por la Cámara de Diputados y en el portal del SAT.
El esquema aplica tanto si te dedicas exclusivamente a la plataforma como si combinas esos ingresos con otras actividades. La forma de declarar cambia en cada supuesto, por lo que conviene revisar tu caso puntual.
Entre las obligaciones habituales están: estar inscrito en el RFC, emitir o recibir los comprobantes que correspondan, presentar las declaraciones en los plazos que marca el SAT y conservar la documentación que respalde tus ingresos y deducciones. No presentar declaraciones cuando corresponde, o registrar un régimen equivocado en la app, puede derivar en diferencias, requerimientos o recargos. Los plazos y efectos concretos dependen de tu régimen y del acto de que se trate; verifícalos en el portal del SAT.
--- *Descargo de responsabilidad: La informacion es general y educativa para Mexico. No sustituye asesoria personalizada de un contador, abogado fiscal o especialista. Las obligaciones, plazos, tasas y efectos pueden variar segun regimen, actividad, ingresos, entidad federativa y situacion particular.*
La retención puede considerarse pago definitivo cuando tus ingresos no exceden ciertos límites y no obtienes otros ingresos que te obliguen a acumular, entre otras condiciones previstas en la Ley del ISR. En otros supuestos la retención es un pago provisional que se ajusta al declarar. Como el monto límite y las condiciones pueden actualizarse, verifica tu caso en el portal del SAT antes de decidir.
Si no registras tu RFC o lo haces con un régimen equivocado, la plataforma puede aplicar retenciones distintas a las que te corresponden, lo que suele generar diferencias que tendrás que corregir. Además complica la conciliación de tus ingresos. Actualiza tus datos en la app y verifica tu situación fiscal en el portal del SAT.
La posibilidad de deducir depende del régimen bajo el que tributes y de que el gasto sea estrictamente indispensable para tu actividad, con comprobante fiscal válido. En el esquema de pago definitivo generalmente no se aplican deducciones, mientras que en otros regímenes sí pueden proceder. Confirma qué aplica a tu caso en el portal del SAT o con un profesional.
La retención se calcula sobre los ingresos que te paga la plataforma, aplicando las tasas y bases que establecen la Ley del ISR y la Ley del IVA vigentes. Los porcentajes específicos pueden actualizarse, por lo que no conviene tomarlos de fuentes no oficiales. Consulta las leyes publicadas por la Cámara de Diputados y el portal del SAT para el ejercicio que declaras.
Si además tienes ingresos por otras actividades, sueldos u honorarios, es probable que debas acumularlos y presentar declaraciones donde las retenciones de la plataforma funcionen como pago provisional. La forma exacta depende de tu combinación de ingresos y régimen. Revisa tu caso en el portal del SAT y, de preferencia, con un contador.
