Las deducciones personales son ciertos gastos que las personas físicas pueden restar de sus ingresos acumulables en la declaración anual del ISR. Su objetivo es reconocer determinados gastos personales autorizados por la ley al momento de calcular el impuesto del ejercicio. Los conceptos autorizados, sus requisitos y el límite general están definidos en el art. 151 de la Ley del ISR (Cámara de Diputados - Ley del ISR) y detallados por el SAT (SAT - Deducciones personales).
Esta guía resume qué gastos suelen ser deducibles y qué requisitos deben cumplir, y te indica dónde confirmar los límites vigentes, que dependen del valor de la UMA.
Las deducciones personales se aplican al presentar la declaración anual del ejercicio. Entre los conceptos que la normativa y el SAT reconocen se encuentran, de manera general: gastos médicos, dentales y hospitalarios; gastos funerarios; donativos a instituciones autorizadas; intereses reales por créditos hipotecarios; aportaciones complementarias para el retiro; primas de seguros de gastos médicos; transporte escolar obligatorio; y colegiaturas dentro de los límites que establecen las disposiciones aplicables (SAT - Conoce las deducciones personales).
Cada concepto tiene requisitos específicos; por eso conviene revisar la lista oficial del SAT y el art. 151 de la Ley del ISR antes de aplicarlos.
Para que una deducción proceda, generalmente debe estar amparada por un CFDI válido, corresponder a un concepto autorizado y, cuando la ley lo exige, haberse pagado por un medio distinto al efectivo. El total de deducciones personales está sujeto a un límite general que se calcula conforme al art. 151 de la Ley del ISR; como ese límite se expresa en UMA, su monto en pesos depende del valor de UMA vigente, que debes confirmar en el DOF y en el portal del SAT.
Aplicar deducciones sin cumplir requisitos puede derivar en su rechazo por parte de la autoridad. Verifica cada caso antes de presentar tu declaración.
Revisa las preguntas frecuentes para conocer el límite general, los requisitos de pago y CFDI, y los conceptos con límites propios.
--- *Descargo de responsabilidad: La informacion es general y educativa para Mexico. No sustituye asesoria personalizada de un contador, abogado fiscal o especialista. Las obligaciones, plazos, tasas y efectos pueden variar segun regimen, actividad, ingresos, entidad federativa y situacion particular.*
El art. 151 de la Ley del ISR establece un límite general al total de deducciones personales, expresado en relación con la UMA y con un porcentaje de los ingresos del contribuyente, tomando el que resulte menor. Como parte del cálculo se apoya en la UMA, su monto en pesos depende del valor vigente publicado en el DOF. Verifica el límite exacto para el ejercicio en el portal del SAT antes de aplicarlo.
Varias deducciones personales requieren pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo, y no proceden si se pagan en efectivo, conforme a los requisitos que detalla el SAT. Este requisito aplica de forma destacada a conceptos como gastos médicos. Consulta la lista oficial del SAT para confirmar el medio de pago exigido en cada concepto.
Si el CFDI tiene un uso que no corresponde o el gasto se pagó en efectivo cuando la norma exige medio electrónico, la deducción puede ser rechazada por la autoridad. Por eso es importante verificar los datos del comprobante y el medio de pago antes de la declaración anual. Ante cualquier duda, corrige el CFDI con el emisor o consulta con un contador.
Además del límite general, ciertos conceptos tienen topes específicos, como los donativos a instituciones autorizadas, las colegiaturas y las aportaciones complementarias para el retiro. Estos límites propios se aplican de manera independiente y luego se consideran dentro del límite general. Revisa la lista oficial del SAT y el art. 151 de la Ley del ISR para confirmar los topes vigentes de cada concepto.
Las deducciones personales aplican principalmente a personas físicas en su declaración anual, pero algunos regímenes, como ciertos casos de RESICO o de ingresos por plataformas, pueden tener reglas particulares. Por eso conviene revisar si tu régimen permite aplicarlas o si tiene restricciones. Confirma tu situación específica en el portal del SAT y con un contador.
