Cancelar un CFDI significa dejar sin efectos un comprobante ya timbrado, generalmente porque tiene errores o porque la operación no se concretó. El proceso se realiza siguiendo el esquema oficial del SAT, seleccionando un motivo de cancelación y, en varios casos, obteniendo la aceptación del receptor (SAT - Cancelación de facturas). La base de los requisitos del CFDI y el marco para su cancelación se relaciona con el art. 29-A del Código Fiscal de la Federación (Cámara de Diputados - CFF).
Esta guía explica cuándo y cómo cancelar. Los plazos y excepciones específicos para el ejercicio deben confirmarse en el portal del SAT y en la RMF vigente, ya que se actualizan.
La cancelación aplica cuando un CFDI ya emitido no debe surtir efectos: errores en datos, comprobante con conceptos equivocados, operación no realizada o cuando se sustituye por uno nuevo. El SAT define motivos específicos, entre ellos la cancelación con relación a un comprobante que sustituye al cancelado. Cuando el comprobante ya tiene relacionados otros (como un complemento de pago), el orden y la forma de cancelar importan para no dejar inconsistencias.
El CFDI debe cumplir los requisitos del art. 29-A del CFF, y su cancelación debe realizarse conforme al proceso oficial del SAT. Un riesgo frecuente es cancelar fuera del plazo permitido o sin la aceptación requerida del receptor, lo que puede impedir la cancelación o generar diferencias. Los plazos concretos y excepciones para 2026 no se afirman aquí como definitivos: deben verificarse en la RMF y guías vigentes del SAT.
Consulta la sección de preguntas frecuentes al final de esta página.
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El esquema oficial del SAT contempla que ciertos supuestos de cancelación requieren la aceptación del receptor, mientras que otros no. La regla general es que, si el comprobante ya está en poder del receptor y supera ciertos criterios, se solicita su aceptación. Los supuestos específicos deben consultarse en el proceso oficial del SAT. Verifica el caso concreto antes de cancelar.
Los motivos de cancelación distinguen situaciones como comprobante emitido con errores con relación (01), errores sin relación (02), operación no realizada (03) y operación nominativa relacionada con una factura global (04). Elegir el motivo correcto es clave para que la cancelación sea válida. El motivo 01 suele implicar sustituir el comprobante. Consulta las definiciones vigentes en el portal del SAT.
Si intentas cancelar fuera del plazo previsto en las reglas vigentes, el sistema puede impedirlo o requerir procedimientos adicionales, y podrían derivarse diferencias frente a tus declaraciones. Por eso conviene cancelar oportunamente y documentar el motivo. Los plazos aplicables deben confirmarse en la RMF y guías del SAT vigentes, ya que pueden variar.
Cuando un CFDI de ingreso tiene un complemento de pago relacionado, debe cuidarse el orden: normalmente se atiende primero el comprobante de pago antes de cancelar el de ingreso, para no dejar relaciones inconsistentes. El proceso oficial del SAT describe cómo manejar comprobantes relacionados. Revisa el procedimiento vigente y, ante dudas, consulta a un profesional.
Conviene conservar los acuses de la solicitud y de la aceptación de cancelación, el CFDI cancelado y, en su caso, el comprobante que lo sustituye, así como la evidencia del motivo (por ejemplo, la operación no realizada). Esta documentación respalda la cancelación ante una eventual revisión. Sigue los criterios de conservación previstos en el CFF y las reglas del SAT.
